A propósito de los contratos y leyes que nadie lee y la protección de los datos personales en Colombia

En Colombia se ha promulgado el Decreto No. 1377 de 2013 “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012”. Dicha ley dicta disposiciones generales para la protección de datos personales, que con el decreto se reglamenta para que todas las entidades que cuenten con bases de datos con contenidos de carácter personal de personas naturales, tengan la obligación de hacer saber qué hacen con la información y para qué la piden y almacenan.

Private Property

 

Como consecuencia, no es raro que hayamos recibido, de un día para otro, una cantidad considerable de correos electrónicos de entidades comunicando “lo importante que es para estas” los datos de las personas que según el Decreto ya mencionado, estaban en la obligación de puntualizar los propósitos de su almacenamiento, que fundamentados en la misión y objetivos que tengan como entidad lo justifiquen.

La importancia de este Decreto radica en la habilitación de un derecho que ya adquirimos desde el momento en que entregamos nuestra información y que inocentemente no nos damos cuenta a lo que aceptamos al entregarla. Este derecho a saber para qué es la información. Sólo por dar un ejemplo de uno de los correos que recibí en el que tan tranquilamente me informan lo que hacen con mi información, dice:

“Los datos personales que obtengamos serán utilizados, entre otros fines, en campañas de comunicación, divulgación y promoción de productos, actividades o servicios; su entrega a terceros para su almacenamiento, en Colombia o en el exterior, y para fines administrativos internos o comerciales, tales como investigación de mercados, análisis estadísticos y ofrecimiento o reconocimiento de beneficios propios de nuestro programa de lealtad y la selección y vinculación como contratista o proveedor.”

Creo que no se necesitan más palabras para darse cuenta que nos dicen que dan nuestra información a terceros, seguramente no de manera gratuita, para ser estudiados y seguir un ciclo de análisis de mercados y demás temas de la sociedad líquida y de consumo en la que nos encontramos y que sigue funcionando a la perfección para estas empresas. Cabe aclarar que esta empresa es de ropa y calzado, no de información, ni financiera, ni publicitaria: más impactante aún.

Este Decreto nos clarifica y nos da entender la importancia que tiene nuestra información que, finalmente, es una parte de nuestra vida y por eso el valor de las diferentes bases de datos de las que hacemos parte y que, así queramos, no podemos controlar. Sin embargo, esta Ley y este decreto son una luz de esperanza y de mayor control por parte del usuario y no de las empresas sobre la información que nos pertenece.

A propósito de mi último post, y de mi postura frente a la información que nos solicitan redes sociales como Facebook, sería de vital importancia que organismos competentes se tomaran la tarea de exigirle a estos emporios de informar a sus usuarios qué hacen con la información que se les provee, ya que de esta manera nos daríamos cuenta que nuestra información tiene múltiple propósito y múltiple dueño, razón por la cual muchos se retirarían de estas redes sin pensarlo dos veces, y la realidad sufriría un cambio.

Este post se convierte en un llamado a tener en cuenta nuestros derechos sobre nuestra información, que a pesar de que están reglamentados por decretos y leyes para no ser leídos, es nuestro derecho saber y es la manera en que se está cumpliendo la norma y a la cual nos debemos adaptar, en este caso, en Colombia. De igual manera es una oportunidad para manifestarnos en frente de aquellos que usan nuestra información para beneficio propio y empezar a reconocer por primera vez lo que es el petróleo de la actualidad: la información.

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